Reforma pensional aumentaría pasivo de jubilación al 218 %
Bogotá – agosto 2022
Ya con la nueva legislatura instalada, se retomarán las discusiones de la reforma pensional, la cual fue aprobada en primer debate por la Comisión Séptima del Senado de la República el pasado 14 de junio.
A esta iniciativa del Gobierno, la cual ha tenido varios cambios durante su trámite, le hace falta un debate en la plenaria del Senado y otros dos en la Cámara de Representantes para que pueda ser enviada a sanción presidencial.
Las modificaciones más resaltadas son aquellas que impacta el régimen de transición, así con la edad mínima requerida para poder ser beneficiario de los pilares solidario y semicontributivo.
La meta principal que tuvieron estos ajustes es beneficiar a las mujeres en su situación pensional y, a pesar de que la Asociación Nacional de Instituciones Financieras (Anif) reconoce que es un objetivo lograble, asegura que las medidas que se han propuesto representa un mayor costo para las finanzas públicas y que no logran resolver los problemas de fondo.
En el texto aprobado en primer debate se dictamina que las mujeres que tengan un mínimo de 750 semanas cotizadas y los hombres que posean, por lo menos, 900 semanas de este mismo ámbito, se les continuará aplicando las normas instauradas en la Ley 100 de 1993.
Al mismo tiempo, las personas que cumplan con estos requisitos y les falten, por lo menos, 10 años para obtener su edad de pensión, tendrán dos años para trasladarse de régimen.
Adicionalmente, otros ajustes, en el cual se diferencian a hombres y mujeres, es la edad mínima con la cal podrán acceder a los pilares solidario y semicontributivo.
Según como estaba estipulado originalmente, estos dos pilares requerían que todos los beneficiarios fueran mayores de 65 años de edad, esto junto a otros requisitos. En las modificaciones se amparó que las mujeres puedan acceder a estos beneficios desde los 60 años de edad.
La Anif hizo un análisis para determinar cuál será el impacto fiscal que traen estos cambios y en cuánto aumentaría el gasto del Gobierno Nacional como porcentaje del producto interno bruto (PIB).
Una de las conclusiones de dicho trabajo fue, en primera medida, que dentro de los pilares solidario, semicontributivo y contributivo se observan aumentos marginales en el costo fiscal.
Esos incrementos se generan por el aumento en el número de beneficiarios de los programas contemplado en la reforma al reducir la edad en al que las mujeres puedan acceder a ellos, así como la ampliación de la transición para la aplicación de la reforma en su totalidad.
Vale la pena aclarar que es en la transición y en la ventana pensional en la cual se observa el aumento más importante en el costo fiscal. Ya bajo la nueva transición, en la que se permitiría que las mujeres que tengan cotizadas un mínimo de 750 semanas laborales y los hombres con 900 semanas y que estén a menos de 10 años de pensionarse logren cambiar de régimen, el costo ascendería al 20,1 % del PIB al año 2100.
Esto representa una cifra 3,3 veces mayor que el costo anterior y supone una presión fiscal para el Gobierno. El aumento en la ventana pensional sucede porque existiría un mayor número de personas que podrían beneficiarse del cambo de régimen. Esas personas tienen bajos ingresos en su mayoría y es en ellas en quienes se concentra la mayoría de cotizaciones del sistema.
Según cálculos de la Anif, a los cotizantes que les conviene trasladarse al momento de calcular su mesada, efectivamente harán el proceso. El costo generado por ese cambio expuesto en la reforma es de un 14 % adicional respecto al escenario original que se planteó en el proyecto de ley.
Bajo esa lógica, y teniendo en cuenta los cambios mencionando anteriormente mencionados, el Valor Presente Neto (VPN) del pasivo pensional para el 2100 sería del 170,3% del PIB, lo que traduce en un aumento del 22,2 % más en relación con la propuesta original de la reforma pensional.
Otro aspecto que tuvo en cuenta la Anif fueron los efectos del fallo hecho por la Corte Constitucional, el cual dice que las mujeres pueden pensionarse con mínimo 1.000 semanas cotizadas, aspecto que, con la ley en vigencia, se encuentra en las 1.300.
A pesar de que las mujeres enfrentan mayores barreras a la hora de cotizar en un empleo formal y les es más complejo cumplir con los requisitos para pensionarse, la Anif señala que reducir el número de semanas laborales a cotizar estaría generando que el ahorro que realicen las mujeres sea menor.
Esto deriva en que el ahorro de las mujeres, como el agregado de las finanzas públicas, se verán afectados, pues se tendrán que financiar subsidios más altos. Como resultado, se genera un aumento adicional en el pasivo del 47,5 % del PIB del 2023, según calculó la Anif.
Esto quiere decir que, además del pasivo equivalente al 170,3 % del PIB con la propuesta de la reforma pensional, la decisión de la Corte Constitucional lo aumentaría a 217,8 % del PIB.
En este punto, la Anif instó en la necesidad de disminuir el umbral del componente público del pilar contributivo a un salario mínimo. «En ese caso se estaría acotando verdaderamente el subsidio y focalizando en las personas que realmente lo necesitan«.
Sin embargo, no es claro lo que ocurrirá con las mujeres que coticen más de 1.000 semanas y cuál es la tasa de reemplazo que les aplicaría. Dado el caso de que se le dé luz verde a las semanas adicionales, aumentaría el pasivo vía mayores subsidiados, pero en caso de que no se permita, no habrá incentivos para realizar aportes adicionales, por lo que se dejaría de percibir activos para el régimen de prima media.
Según asegura a Anif, el mayor reparo a la decisión de la Corte Constitucional es que los inconvenientes que enfrentan las mujeres en el sistema pensional colombiano no se solucionan a partir de reducir las semanas cotizadas.
Pese a que exista la salvedad de que si existe una desventaja en el acceso a pensiones por parte de las mujeres a comparación de los hombres, la Anif manifestó que el verdadero origen de esas diferencias radica en problemas estructurales del mercado laboral, por lo que una forma para garantizar un acceso equitativo, es necesario hacer un esfuerzo para garantizar las condiciones de vida equitativas dentro del mercado laboral.
Fuente: Portafolio